miércoles, 25 de noviembre de 2009

LA CIUDAD PROMOCIONA LA PRESTACIÓN POR RIESGO EN EL EMBARAZO Y LA LACTANCIA.

Sanidad y Mujer lanzan una campaña dirigida a las féminas trabajadoras sobre este derecho a la suspensión laboral temporal.
Dentro de las actuaciones del Plan de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres de la Ciudad, se encuentran las programadas para promocionar la salud laboral de las mujeres. En la confluencia de ambos, están las acciones dirigidas a promover la formación e información destinada a determinados colectivos de mujeres, entre los que se encuentran las embarazadas o en periodo de lactancia.
Tanto la Consejería de Sanidad y Consumo como la de Educación, Cultura y Mujer llevan tiempo coordinadas en este aspecto y han promovido la edición de 3.000 trípticos, 50 manuales y 20 carteles para informar sobre las prestaciones específicas para mujeres trabajadoras que se encuentran embarazadas o en periodo de lactancia, que recogen una recopilación de la normativa vigente hasta el RD 298/2009 de 6 de marzo.
La prestación por riesgo durante el embarazo y la lactancia es un derecho que tiene la trabajadora embarazada que consiste en la suspensión de la actividad laboral, cuando las condiciones o el tiempo de trabajo pueden afectar negativamente a su salud o la del feto; así como donde no sea posible reducir las tareas perjudiciales para la embarazada ni el cambio a otro puesto de trabajo.
La solicitud de las prestación la realiza la trabajadora embarazada por cuenta ajena o propia, y los requisitos son estar afiliada y de alta en la Seguridad Social además de estar al corriente en el pago de las cuotas, de las que sean responsables directas. El formulario está disponible en las entidades gestoras o mutuas o por internet.
Los documentos a aportar junto a la solicitud son el informe médico en el que se manifieste su situación de mujer embarazada; la declaración empresarial de la situación de riesgo; y la copia del contrato de trabajo de trabajo vigente en el momento de la solicitud de la prestación.
La presentación tendrá lugar en la Mutua de Trabajo o en el Instituto Nacional de Seguridad Social, sito en Calle Real 20. Los facultativos de estos organismos emitirán un certificado reconociendo, o no, la existencia del riesgo, durante el embarazo. La prestación concluye el día anterior al inicio del descanso por maternidad, al reincorporarse a un puesto compatible con su estado; o por inicio de un proceso de incapacidad temporal.
NOTICIA EXTRAIDA DE:
EL FARO DE CEUTA, Jueves 19 de noviembre de 2009

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