martes, 4 de octubre de 2016

Una caída durante el descanso, considerada accidente laboral. AT.0068/2015

  • El Tribunal Superior vasco da la razón a una psicóloga y dicta que su baja derivada de una caída es a consecuencia de un accidente de trabajo

Salió los quince minutos de descanso a tomar un café y se cayó al suelo. Como consecuencia del accidente sufrió lesiones en un codo que la obligaron a coger la baja durante un mes. Este suceso, que le ocurrió a una psicóloga de Osakidetza (Servicio Vasco de Salud), desencadenó un proceso judicial que ha llegado hasta el Tribunal Superior del País Vasco. Su dictamen es claro: la baja es a consecuencia de un accidente de trabajo y no de una enfermedad común, como reclamaba la mutua.
En junio del pasado año, la psicóloga, que trabaja en el centro de salud de Durango (Bizkaia), abandonó la consulta para tomar un café en el periodo de un cuarto de hora establecido para los descansos del personal. En ese periodo es cuando ocurrió el percance, en el que se golpeó el codo izquierdo. El médico de la mutua le otorgó en ese momento una baja como enfermedad común, criterio que no compartió el Instituto Nacional de la Seguridad Social, que consideró que el suceso era un accidente laboral.

Un juzgado de Bilbao ratificó la postura de la mutua aseguradora de los trabajadores de Osakidetza pero ahora, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, tras el recurso interpuesto por la psicóloga, le ha dado la razón a ésta, al considerar que la caída “se produjo con ocasión del trabajo, ya que el tiempo de descanso es equiparable a tiempo de trabajo”.
La postura de tribunal contradice por tanto la de la magistrada que falló primero a favor de la mutua, que negó que el accidente se produjera “a consecuencia del trabajo” y que defendió que “no se produjo en el espacio de trabajo”. El Tribunal Superior sin embargo ha sido claro: “no se debe considerar sólo trabajo en el sentido estricto sino también las actividades normales de la vida laboral”.
NOTICIA EXTRAÍDA DE LA VANGUARDIA PAÍS VASCO 4 OCTUBRE 2016