viernes, 30 de noviembre de 2012

SOLICITAN QUE LA MUERTE DE YAMAL SEA CONSIDERADA ACCIDENTE LABORAL

CCOO relaciona el infarto con un "primer episodio" que se produjo cuando estaba en su trabajo. La mutua dice que no se puede acreditar que el trabajo tuviera que ver con su muerte.
La viuda de Yamal Mohamed, policía local que falleció el pasado 16 de abril, pide que la muerte de su esposo se considere accidente laboral. Ahora será el juez quien falle si efectivamente se trata de un accidente de trabajo o no. El juicio, celebrado ayer, quedó visto para sentencia.
La actora estaba representada por el abogado de CCOO Jorge Sevilla, y solicita el reconocimiento de viudedad y orfandad derivada de accidente de trabajo, por que correría a cargo la mutua. En términos económicos son en concepto de viudedad el 52 por ciento de la base reguladora de 3.262,50 euros, que asciende a 1.696,50 euros por 12 pags anuales, y en concepto de pensión de organdad la cantidad del 20 por ciento de la base reguladora por cada hijo, que asciende por cada uno a 652,50 euros, todo ello con las mejoras y revalorizaciones, así como los posibles incrementos porcentuales que le pudieran corresponder el el importe, fecha de efectos de 17-04-2012, más las mejoras y revalorizaciones a que por ley haya lugar.
El abogado de CCOO relaciona el infarto que sufrió sobre las 19:00 cuando se encontraba fuera del lugar y del horario de trabajo con un "primer episidodio" que sucedió sobre las 9 de la mañana cuando si se encontraba en horario laboral trabajando en el edificio polifuncional del Príncipe Alfonso. Además, recordó que el historial médico indica que era una persona completamente sana.
Sevilla manifestó que el infarto también pudo deberse al "exceso de celo o al trabajo super estresante" del policía local, que recordó trabajaba en una barriada conclictiva como el Príncipe Alfonso.
Por el contrario, la mutua solicitó una demanda desistimatoria y se basa en la eue la Ciudad Autónoma, empresa del fallecido, no emitió parte de accidente de trabajo y que en su día su esposa tampoco solicitó a la mutua que se considerara que su muerte se debió a un accidente laboral.En este caso, su defensa dijo que, en cualquier caso, la actora debería solicitar que se iniciara el trámite y que entonces la entidad a la que representa presentaría reclamación o demanda. Además, recordó que el policía local sufrió el infarto cuando había practicado deporte, y que para que un infarto se considere accidente de trabajo es "estrictamente necesario" que se produzca en horario laboral o que sea exclusivamente  a consecuencia del trabajo.
La representación de la Seguridad Social solicitó una sentencia absolutoria para ésta mientras que la Ciudad pidió la desistimación de la demanda.
En la vista oral compareció uno de los médicos que se encontraba en el servicio de Urgencias cuando falleció Yamal. Este profesional sanitario dijo que pudo ver la historia clinica del fallecido y que en ella no constaba antecedentes de índole cardiológico. Aunque no pudo asegurar que el primer episodio que se produjo en el lugar y hora de trabajo tenía relación con el infarto que provocó su muerte por la tarde "porque en medicina no se puede acreditar nada al cien por cien", si dijo que "desde el punto de vista cardiológico" el primer episodio y el infarto podían tener l misma causa. Es más, añadió que existe probabilidad "muy alta".
Los tres policías locales que prestaron declaración en calidad de testigo afirmaron que yamal no era fumador, sólo que "de vez en cuando" fumaba un cigarrillo que le pedía a uno de ellos. Los tres relataron que el día que falleció, sobre las 9 de la mañana llegaron al edificio polifuncional y lo encontraron sentado "cabizbajo" y que les dijo que tenía un fuerte dolor en el pecho. Cuando los compañeros le dijeron que acudiera a urgencias, respondió que tenía mucho trabajo - se encargaba de la custodia , vigilancia  y empadronamiento- y que tenía gente esperando para ser atendida, por lo que iría por la tarde. Sus compañeros añadieron que tampoco se quería ausentar de su lugar de trabajo porque ya en una ocasión un político visitó el polifuncional y l no encontrarlo allí le abrieron un expediente disciplinario, algo que, según indicaron los policías que trabajaban con él, le afecto porque"lo veía injusto" y cuando era militar tenía un expediente "inmaculado", por que que este expediente le podía perjudicar a la hora de rcibir una mención.
Sus compañeros también dijeron que Yamal estaba "desbordado" de trabajo y que quería cambiar de destino porque la labor que realizaba en el polifuncional era "estresante" en una barriada "peligrosa".
La abogada de la mutua insistió en que la muerte se produjo fuera del lugar y del horario de trabajo, haciendo deporte, y que la parte actora no había dejado acreditado que el infarto tenía una relación con el propio trabajo.
Insistió también en que la Ciudad no entregó un parte de accidente laboral y en que el médico no había podido acreditar al cien por cien que el primer episodio que se produjo por la mañana tuvo que ver con el segundo, además de que no se le practicó la autopsia para conocer la causa de su fallecimiento. Añadió que fumaba.
La defensa de la mutua también dijo que Yamal tenía cita para el médico a ls 18:45, a la que no acudió, por lo que dijo que "no se sentiría tan mal" y que si hubiera acudido "posiblemente estaría vivo ahora".
El abogado de la viuda de Yamal citó varias sentencias de casos parecidos a favor de la familia de los fallecidos. El más claro es el de una trabajadora que falleció por infarto de miocardio en su domicilio tras abandonar la empresa al presentar los primeros síntomas. Considera que Yamal también presentó los primeros síntomas sobre las 9 de la mañana, cuando se encontraba en su puesto y horario de trabajo.
NOTICIA EXTRAIDA DEL EL FARO DIGITAL CEUTA 30/11/2012